Control difuso de constitucionalidad y convencionalidad
El año 2026 se puede configurar como el año que dejó en libertad condicional a los hombres, estamos a nada de que ser hombre puede ser considerado un delito, el sistema legal en México ha puesto en las manos de la mujeres una serie de herramientas donde una mujer ya no necesita pruebas, ni juicios, ni decir la verdad, incluso no necesita ni conocer a un hombre para establecer una denuncia; con el simple hecho de la falta de empatía o requiera una ventaja sobre su denunciado, puede establecer una acusación de violencia, acoso, abuso o lo que se le pueda ocurrir, esto, sin importar que la denunciante iniciara el conflicto ya sea, insultando, pegando, manipulando, inventando, etc., siempre, ella, será la víctima. Por ejemplo, si un hombre está dentro de una relación y éste la termina y ahora su ex pareja le envía mensajes insistiendo regresar y el no responde los mensajes o las llamadas, entonces el hombre puede incurrir en violencia por indiferencia digital; si se cruzan en el camino y él la ignora, puede incurrir en violencia psicológica por exclusión; si el hombre le deja de hablar entonces se considera acoso pasivo agresivo no verbal, incluso, si el hombre manifiesta su legítimo interés hacia una mujer manifestando sus sentimientos, esto, puede ser considerado como manipulación emocional.
En la actualidad decir cualquier cosa que incomode se puede etiquetar de inmediato como machismo, misoginia o violencia de género, aunque no lo sea, de igual forma, si un hombre dice lo que no le gusta o pone límites o en su caso señalar contradicciones ya no se debate, se cuestiona, es decir, opinar no significa oprimir pero en el nuevo marco jurídico se quiere ver así; preferencias personales se tratan como delitos morales; exigir responsabilidad se llama violencia; decir verdades incomodas se vuelve discurso de odio, lo más grave es que se desvirtúo el verdadero machismo y la violencia real, la que sí existe y sí mata, mezclándola con cualquier cosa que no guste escuchar, eso no protege a nadie, solo victimiza, infantiliza y calla; no es machismo decir: esto no quiero, esto no me gusta, esto no lo acepto, esto es incoherente, machismo es imponer, someter, violentar, no hablar claro y por supuesto, cuando se pierde el argumento aparece la etiqueta, es más fácil decir o señalar que alguien es machista a aceptar que algo que dice el otro incomode, porque tiene algo de verdad y lo que se hace no es odiar, es no aceptar argumentos y hoy eso incomoda aún más que cualquier insulto diciéndole: machismo.
Tal vez se crea que es exagerado el apunte, sin embargo, el marco jurídico mexicano en la actualidad tiene una gran cantidad de instrumentos vigentes en contra del hombre que fueron impulsados por el feminismo, de lo cual se debe tener claro algo: el feminismo no busca igualdad, busca privilegios, aquí es donde se debe analizar y cuestionar que tan parejo es el Código Penal Federal y los Códigos Penales Estatales, sin embargo, la realidad dice algo distinto, por ejemplo: la Ley Alina, permite que una mujer prive de la vida a un hombre y ésta quede libre; Ley Vicaria, permite que una mujer maltrate a sus hijos y a su ex pareja y quede impune porque solo se sanciona si la comete el hombre contra la mujer; Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, sanciona conductas solamente si las comete el hombre contra la mujer y si las comete la mujer contra el hombre no es sancionable; Perspectiva de Género, permite que los dichos de la mujer tengan valor probatorio aunque ella no tenga pruebas, solo se debe creer porque es mujer, con esto se violenta la presunción de inocencia de los hombres, prevista en la CPEUM en su Art. 20, ap. A, f. I; Leyes de Aborto, permiten que solo la mujer decida sobre su maternidad una vez que se ha manifestado el embarazo sin permitir a los hombres decidir sobre el mismo, por lo que la paternidad queda sujeta a la decisión o capricho femenino; Ley el Agresor Sale de Casa, esta Ley no define que no es necesaria una denuncia y mucho menos una sentencia, con el mero dicho de la mujer es suficiente para que un hombre sea sacado, por la fuerza si es necesario, de su casa y alejado de su familia; la lista no termina aquí, si autoridades o medios filtran fotos de un feminicidio es Ley Ingrid; ayudar a esconder a un feminicida o lo encubre, también es delito y eso es Ley Monse; si alguien comparte fotos intimas de una mujer sin su consentimiento es Ley Olimpia; si un agresor mata a la madre de sus hijos pierde la patria potestad y eso es Ley Monzón; si un padre no paga pensión ahora puede entrar en un registro de deudores y tener restricciones legales, eso es Ley Sabina; si alguien ataca a una a una mujer con ácido, puede enfrentar penas más graves y eso es Ley Malena; si una mujer sufre violencia física, psicológica o sexual, económica o digital, la ley ahora reconoce esas violencias y obliga al Estado a prevenirlas y sancionarlas, eso es la Ley General de las Mujeres de Acceso a una Vida sin Violencia y todas estas aplican si las conductas violentas se cometen en contra de una mujer y no aplican cuando se cometen en contra de un hombre.
Por si fuera poco y no siendo suficiente, el INMUJERES cuyo objeto es contribuir en la política nacional en materia de igualdad sustantiva, así como a la incorporación de la perspectiva de género en las políticas públicas gubernamentales, con la finalidad de alcanzar la igualdad de género; en 2024 se creó la Secretaria de las Mujeres cuyo objeto es el de promover las condiciones para avanzar hacia la igualdad sustantiva y el ejercicio pleno de los derechos de las mujeres, adolescentes y niñas en México, a través de la conducción de la política nacional de género, para construir una sociedad de bienestar y de derechos con igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres; estas entidades de gobierno gemelas en su objeto y en la duplicidad de funciones cuyos resultados pudieran contabilizarse como nulos; en 2025 se asignó a la Secretaria de las Mujeres más de 2 MMDP y nada cambió, en ese año desaparecieron 7 mujeres por día y hubo 721 feminicidios, la desigualdad laboral y la informalidad siguen aplastando a las mujeres, todo sigue igual, en contraste, la Secretaria de las Mujeres realizó 41 viajes nacionales por 22 Estados, acompañó a la jefa del ejecutivo a Ginebra en una gira política, pagando casi 600 mil pesos a una agencia para comprar sus boletos aéreos, usando el dinero que se suponía se utilizaría para mejorar la calidad de vida de las mujeres convirtiéndose en presupuesto de ocio y de campaña para el partido en el poder; no hay resultados todo sigue igual, mientras, decenas de madres buscan a sus hijos e hijas desaparecidas, la Secretaria está en un avión o tomándose fotos con violentadores de otras mujeres, todo esto muy lejano de un gobierno feminista, es una burla a las mujeres de México.
En Coahuila un Juez vinculó a proceso a una mujer por Violencia Vicaria y en redes sociales y los del oficialismo pidieron la destitución del Juez, varios grupos de feministas señalaron que el Juez aplicó mal la Ley y que ésta solo puede aplicarse en contra de los hombres y a favor de las mujeres y eso, no es lo que dice la Ley de Coahuila, el Juez no aplicó mal la Ley Vicaria y no solo no debe ser destituido, debe ser reconocido por hacer lo que la Ley de su Estado ordena, la Ley reconoce jurídicamente que la víctima de Violencia Vicaria puede ser una mujer o un hombre, la actuación del Juez fue correcta, aplicó bien la Ley del Estado, respetó el debido proceso y protegió el interés superior del infante, cuando un Juez aplica correctamente la Ley, se le respeta, no se le destituye o se le sanciona.
Con lo anterior, la Secretaria de las Mujeres impugnó la decisión manifestando que la decisión del Juez fue incorrecta e indicó como dato calificativo que el 90% de la casos de Violencia Vicaria es ejercido por los hombres, esto sin mencionar su fuente, también señaló que esta violencia se ejerce solo sobre las mujeres y que ninguna autoridad puede utilizarla para favorecer a algún hombre, además indicó que la SCJN también dejó en claro este supuesto jurídico; entonces ¿esto será discriminatorio?
Sometamos a juicio sumario la incompetencia técnica de la Secretaria de las Mujeres y defender lo más sagrado aun de la sociedad: La infancia. Si la Secretaria dice que la Ley Vicaria solo se puede usar en contra de los hombres y que no aplica si la agresora es mujer, no está opinando, está confesando su total ignorancia sobre los principios fundamentales del derecho penal y está promoviendo una aberración llamada derecho penal del autor.
En un Estado de Derecho, el Código Penal castiga conductas no identidades, el delito se configura por la acción típica antijurídica y culpable, si la acción es instrumentalizar a un niño para causar daño, el tipo penal está completo, a la Ley no le importa, ni le debe de importar lo que el agresor tenga entre las piernas; si una persona mata es homicida, si una persona roba es ladrón y si una persona destroza la psique de su hijo para vengarse de su ex marido es una delincuente vicaria. Pretender que el útero otorgue una causa de justificación para delinquir no es feminismo es supremacía biológica, la Secretaria acusa al Juez de Control de desvirtuar la Ley, esto es mentira, ese Juez dio una cátedra de control difuso de constitucionalidad y convencionalidad; el control de convencionalidad significa que las autoridades deben asegurar que sus decisiones y acciones estén alineadas con los tratados internacionales de derechos humanos.
Cuando una ley no es igualitaria deja de ser ley y se convierte en privilegio; ni todas las mujeres son buenas, ni todos los hombres son malos, “es tiempo de mujeres” dice la jefa del ejecutivo, pero “sin mujeres” dice la sociedad.
Dr. José Luis Arenas López


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