Por: Raúl Torres Jiménez
El modelo laboral vigente en nuestro país, derivado de las profundas reformas de 2019, mantiene un dinamismo constante. La transformación más reciente y con mayor impacto se marcó con la reforma constitucional al artículo 123, publicada el 3 de marzo de 2026, y su posterior reglamentación el 1 de mayo del mismo año, en materia de reducción de la jornada de trabajo y el nuevo sistema de registro de asistencia.
Para comprender estos cambios, es fundamental desglosar los puntos clave de la transición:
1. Reducción Gradual de la Jornada Ordinaria
Se establece una transición escalonada para reducir la jornada máxima de 48 a 40 horas semanales, alcanzando su plena vigencia en 2030 según el siguiente calendario:
| Año | Jornada Laboral (Horas) |
| 2026 | 48 horas |
| 2027 | 46 horas |
| 2028 | 44 horas |
| 2029 | 42 horas |
| 2030 | 40 horas |
La distribución de estas horas podrá pactarse de común acuerdo entre el empleador y los trabajadores, estandarizando la duración independientemente de si la jornada es diurna, nocturna o mixta. Bajo este esquema de 40 horas, el trabajador gozará de dos días de descanso obligatorio con pago de salario íntegro.
2. El Nuevo Esquema de Horas Extraordinarias
El manejo del tiempo extra también experimenta cambios significativos que se aplicarán de forma proporcional:
- Tope semanal: Se incrementa gradualmente el límite de 9 a 12 horas extras semanales para el año 2030.
- Distribución diaria: El límite diario aumenta de 3 a 4 horas.
- Frecuencia: Se permite laborar tiempo extra hasta en 4 días por semana (si se alcanza el cuarto día, el límite semanal se ajusta a 3 horas).
- Costo: Las primeras 12 horas se pagan como horas ordinarias; cualquier excedente a partir de la hora 13 se penalizará con un pago del 200% adicional.
- La duración de la jornada extraordinaria a que se refiere el artículo 66 de la Ley Federal del Trabajo se alcanzará de manera gradual, a partir del 1 de enero del año correspondiente, conforme a lo siguiente:
| Año | Horas Extras |
| 2026 | 9 |
| 2027 | 9 |
| 2028 | 10 |
| 2029 | 11 |
| 2030 | 12 |
3. Registro Electrónico de Asistencia: Obligación y Sanciones
A partir de ahora, las empresas tienen la obligación de implementar un registro electrónico de asistencia que documente con precisión el inicio y término de cada jornada.
- Validez Jurídica: Este registro constituirá prueba plena en juicios laborales, siempre que se acredite el acuerdo previo entre trabajador y empleador.
- Riesgo Económico: El incumplimiento en el registro o su entrega a la autoridad puede derivar en multas que oscilan entre 250 y 5,000 UMAs.
- Pendiente: Se espera que la STPS emita próximamente las disposiciones generales que definan excepciones y ámbitos de aplicación específicos.
4. Puntos estratégicos a cumplir para los Centros Laborales
Durante el resto de 2026, las organizaciones deben priorizar una auditoría interna para asegurar el cumplimiento constitucional, enfocándose en:
- Actualización Contractual: Modificación de contratos individuales y colectivos de trabajo.
- Reglamentación Interna: Ajustar los Reglamentos Interiores de Trabajo, integrando además normativas sobre Igualdad Sustantiva, entornos libres de violencia y la “Ley Silla” (en su caso)
- Cumplimiento de NOMs: Adaptar las condiciones de seguridad y salud, con énfasis en la NOM-019 (Comisiones), NOM-030 (Salud en el trabajo), NOM-035 (Riesgos psicosociales) y NOM-037 (Teletrabajo).
Conclusión
La transformación del ecosistema laboral en México no se detiene. Para las empresas, la clave no solo reside en la adaptación legal, sino en la capacidad de gestionar el tiempo de forma estratégica para mantener la productividad ante una jornada más reducida. Estar alerta a las reformas por venir es, hoy más que nunca, una necesidad imperativa.




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