¿La Propina es un Sueldo?

**Los artículos firmados son responsabilidad de sus autores y no reflejan necesariamente el punto de vista de La Revista Asesores.

Por: José Luis Arenas López

Un hecho lamentable ocurrió el pasado 8 de enero: la privación de la vida de un comensal en el establecimiento mercantil denominado La Polar, muerte propiciada por los meseros que en ese lugar trabajaban, el hecho ocurre cuando el mesero que atendía la mesa entrega al comensal la cuenta, misma que se encontraba “inflada” principalmente en la propina, algunos datos indican que se agregó a la cuenta más del 20% del total del consumo.

En realidad este caso fue la “gota que derramó el vaso”, ya que no es la primera vez que las redes sociales hacen público el abuso de los restauranteros y de los meseros, no olvidemos el caso ocurrido el 20 de octubre de 2022, en uno de los restaurantes denominado “Terraza” en el centro de la CDMX, donde un consumo de tacos y guacamole para cuatro personas alcanzó el costo de 4,515 pesos, de los cuales en la nota, mencionaba un cobro obligatorio del 20% como propina del consumo total, este caso concluyó con una multa impuesta al establecimiento por parte de la PROFECO.

Pero, ¿qué es la propina? “Por definición se refiere a la cantidad de dinero que se da voluntariamente para agradecer un servicio”, ¿Pero es legal que en un establecimiento cobre propina? De acuerdo a la PROFECO, el cobro de la propina es un acto denunciable, ¿entonces por qué se ha vuelto obligatorio? La realidad es que en nuestro país, el pago de la propina se volvió endoso del pago de salarios a los comensales o a quienes requieren de un servicio como el cargar gasolina; la Ley Federal del Trabajo reconoce el trabajo de los meseros como un trabajo profesional y lo menciona en los Arts. 344, 345, 346 y 347; donde este último artículo refiere: “Si no se determina, en calidad de propina, un porcentaje sobre las consumiciones, las partes fijarán el aumento que deba hacerse al salario de base para el pago de cualquier indemnización o prestación que corresponda a los trabajadores. El salario fijado para estos efectos será remunerador, debiendo tomarse en consideración la importancia del establecimiento donde se presten los servicios”. Mientras que el Art. 349 de la misma Ley dice que “Los trabajadores están obligados a atender con esmero y cortesía a la clientela del establecimiento”, esto es, porque el dueño del establecimiento ofrece un servicio que complementa con la contratación de personal para dicho efecto a cambio de un salario, salario que está calculado en los gastos de operación del negocio mismo. 

Entonces, ¿qué es el salario? El salario según los Arts. 82 y 83 de la LFT indican: “Salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo”; “El salario puede fijarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, a precio alzado o de cualquier otra manera”.

Haciendo un ejercicio simple sobre una botella de bebida alcohólica de capacidad de un litro, sabemos que corresponde a 33.8 onzas, en un establecimiento, una copa la sirven en promedio con dos onzas, lo que significa que con una botella de litro se pueden servir 17 copas; el costo de un brandy al menudeo es de 360 pesos, de esta misma botella, el costo de una copa oscila entre 120 y 130 pesos, por lo que en total una botella representa 2,210 pesos, menos el refresco y los hielos que en promedio sumarán 15 pesos por copa, lo que da un resultado de 255 pesos, si aplicamos matemáticas simples, ingreso menos egreso da como resultado una utilidad de 1,955 pesos. Claro, en este ejemplo no se agregan algunos costos directos e indirectos, es solo un ejercicio.

Las preguntas son: ¿Quién debe pagar la propina, el cliente o el patrón? ¿La propina es un sueldo o una comisión?

A la primera pregunta: la realidad es que el mesero hace una labor de venta y esto se hace al ofrecer un producto u otro, mismos que varían en precio y en calidad, el poder de convencimiento lo hace el mesero, entonces, si el cliente accede a comprar un producto más caro, el mesero debe hacerse acreedor a una comisión de venta, misma que ya viene presupuestada en el precio de venta del producto, la propina es una obligación de pago del patrón hacia su mesero; si regresamos al ejemplo, la utilidad era de 1,955 pesos, si a esta se le calcula el 10% de comisión o propina, la utilidad será de 1,759.50 pesos, por botella, misma que sigue siendo muy aceptable, como observación, seguramente el patrón no querrá pagar una comisión del 20%; a la segunda pregunta: con el ejercicio anterior, nos podemos dar cuenta que la propina no es un sueldo, ni siquiera una prestación, es una comisión ganada por la labor de venta que se hace para ofrecer un producto.

El comensal, como cliente, tiene la capacidad de elegir entre un lugar y otro y de aceptar los precios de los productos que se ofrecen, por lo tanto, la propina se vuelve un costo o un sobreprecio a los ya establecidos, si a eso se le suma el precio del cubierto, el precio de la música y el estacionamiento, quien pierde es el cliente y el gran ganador es el dueño del establecimiento. 

Otro aspecto negativo de las propinas es que al recibir los meseros la propina la tienen que entregar el patrón, ya que esta se debe repartir entre meseros, garroteros, lavaplatos, cocineros, etc. lo cual, nuevamente, es incorrecto, ya que el patrón es quien debe pagar estos sueldos y no endosarlos a los clientes.

Los meseros exigen se les reconozca el servicio que brindan y en recompensa lo hagan bien o lo hagan mal pidén como mínimo el 10%, aquí una observación, si un profesor da una buena clase, entonces, ¿puede pedir propina? Si un médico, además del cobro de la consulta, ¿puede pedir propina? La realidad es que no, en ambos casos son servicios, al igual que atender una mesa o cargar gasolina; el profesor cobra un sueldo, el médico cobra una consulta, el mesero y el despachador de gasolina, de igual manera cobran un salario.

En conclusión, si un restaurantero quiere tener buenos ingresos, debe contratar a sus meseros y trabajadores en general, capacitarlos, pagar salarios justos y pagar las COMISIONES por las ventas generadas.

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