NOM-037-STPS-2023, Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo. Principales características.

Por: Raúl Torres Jiménez


Este 08 de junio de 2023 se publicó, en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, la NOM-037-STPS-2023, Teletrabajo – Condiciones de seguridad y salud en el trabajo. Dando cumplimiento a las reformas a la Ley Federal del Trabajo de enero de 2021 que crearon un capítulo que regula este tipo de trabajo.

El objetivo de la NOM es establecer las condiciones de seguridad y salud en el trabajo en los lugares de trabajo en donde las personas trabajadoras, bajo la modalidad de Teletrabajo, realicen sus actividades, a fin de prevenir accidentes y enfermedades, así como promover un medioambiente seguro y saludable en su entorno laboral.

También hay que advertir que esta NOM no se debe interpretar ni aplicar de manera aislada; para ello se necesita englobar, además de la Ley Federal del Trabajo,  las siguientes NOMS:

  1. NOM-019-STPS-2011, Constitución, integración, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene.
  2. NOM-030-STPS-2009, Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo-Funciones y actividades.
  3. NOM-035-STPS-2018, factores de riesgo psicosocial en el trabajo – Identificación, análisis y prevención.

Esta NOM dispone de una serie de conceptos que valen la pena estudiar para una correcta interpretación de sus términos tales como: actos inseguros, carga de trabajo, desconexión, política de Teletrabajo y Teletrabajo.

Asimismo, esta NOM dispone de una serie de obligaciones, tanto para el patrón como para los trabajadores, las cuales se resumen en el siguiente cuadro:

Obligaciones para el Patrón
* Contar con un listado actualizado de las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo.

* Acordar con el trabajador las condiciones del lugar de Teletrabajo.

* Los lugares de trabajo propuestos por un trabajador aspirante a la modalidad de Teletrabajo y convenidos con el patrón, conforme al contrato colectivo o al reglamento interior de trabajo, deben ser fijos.

* Establecer una política de Teletrabajo. Informar sobre los riesgos relacionados con el Teletrabajo, así como a factores de riesgo (ergonómico y psicosocial).

* Contar con la Lista de Verificación de las condiciones de seguridad y salud en el Teletrabajo.

* Otorgar las facilidades para que la Comisión de Seguridad e Higiene realice la validación de la Lista de Verificación de las condiciones de seguridad y salud en el Teletrabajo (incluidas las evidencias fotográficas o de video).

* Establecer y documentar el proceso de implementación del Teletrabajo para el centro de trabajo que cambie de la modalidad presencial a Teletrabajo y viceversa. (Incluyendo mecanismos de reversibilidad).

* Facilitar los insumos, aditamentos y sillas ergonómicas necesarios al trabajador para llevar a cabo sus funciones.

* Proporcionar capacitación.

* Practicar los exámenes médicos que correspondan.

* Contar con mecanismos de atención para casos de violencia familiar.
Obligaciones de los trabajadores
* Brindar a la Comisión de Seguridad e Higiene, si está de acuerdo el trabajador, las facilidades por escrito para una comprobación física de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo en el lugar de trabajo.

* Cumplir con la Política de Teletrabajo.

* Informar al patrón y a la Comisión de Seguridad e Higiene cualquier alteración de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, o caso de fuerza mayor, que impidan el desarrollo del Teletrabajo.

* Resguardar y conservar en buen estado los equipos (incluidos los de cómputo), materiales, útiles y mobiliario ergonómico.

* Observar las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, y someterse a los exámenes médicos.

* Atender las políticas y mecanismos de protección de datos e información.

* Informar por escrito y con antelación al patrón de cualquier cambio de domicilio definitivo o temporal.

* Participar en los procesos de información de riesgos relacionados con sus actividades de Teletrabajo y de capacitación que le proporcione el patrón, así como en las reuniones presenciales o virtuales organizadas para evitar el aislamiento social.

Esta norma también cuenta con disposiciones para evitar riesgos provocados por agentes físicos, por riesgos ergonómicos (NOM-036-STPS), así como por factores de riesgo psicosocial (NOM-035-STPS).

Cabe señalar que, esta norma dispone de mecanismos para ser evaluada por unidades de inspección, cuya vigencia de su dictamen será de dos años, los cuales no visitarán lugares de trabajo.

Al final de la norma, se indican una serie de apéndices de carácter informativo que sirven para informar sobre:

  1. La política de Teletrabajo.
  2. La selección de candidatos para el Teletrabajo.
  3. La Lista de Verificación de las condiciones de seguridad y salud en el lugar de trabajo.
  4. Las recomendaciones de actividades previas a Teletrabajar.
  5. Las recomendaciones para seleccionar una silla ergonómica.

Ahora bien, dado que en algunas de las obligaciones del patrón se podrá hacer uso de fotografías o de video; será necesario actualizar los Avisos de Privacidad correspondientes, ya sea el integral; o, en su caso, el Aviso de Privacidad que se haya hecho expresamente hacia los trabajadores, así como actualizar los consentimientos respectivos.

Por último, esta NOM entrará en vigor a los seis meses después de su publicación; es decir, en diciembre de este 2023.

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