Significado y alcances del engomado Sistema Empresarial Mexicano (SIEM)
Por: Raúl Torres Jiménez
Dentro de los varios documentos que se tienen en los establecimientos mercantiles, en muchas ocasiones vemos unos engomados que dicen afiliación a: Cámaras de Comercio, Uniones de Comerciantes, Asociaciones Civiles, etc., pero, ¿Cuál de todos esos engomados es legalmente válido?
Para responder lo anterior, primero vamos a revisar la norma. La Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones establece en su artículo 39 que el Sistema Empresarial Mexicano (SIEM) es un instrumento del Estado mexicano con el propósito de captar, integrar, procesar y suministrar información oportuna y confiable sobre las características y ubicación de los establecimientos de comercio, servicios, turismo e industria en el país, que permita un mejor desempeño y promoción de las actividades empresariales.
El 5 de diciembre de 2007, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que se establecen las Reglas para la operación del Sistema de Información Empresarial Mexicano (modificado el 17 de enero de 2014 en el DOF), instrumento que indica cómo opera al completo el SIEM.
La tipografía del SIEM es exclusiva de la Secretaría de Economía. Las cámaras de comercio y sus confederaciones pueden, hacer uso de la misma solamente para los comunicados y documentación que emitan y usen con motivo de la operación y promoción del SIEM.
“La inscripción y registro para el SIEM en la Cámara (de Comercio, Industrial o patronal) que corresponda, será obligatorio para las empresas, y no obligará al pago de cuota alguna de afiliación, más sí, al pago de registro”.
Con la inscripción al SIEM, se catalogan las empresas según el Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte (SCIAN) que permite agrupar a las empresas al sector al que pertenezcan y con ello también es más fácil poder recibir apoyos financieros, económicos o administrativos, en su caso, por otras instancias federales.
Los engomados del SIEM constituyen el símbolo que distinguen a los establecimientos de los comerciantes e industriales que se registren o actualicen sus datos en el SIEM, en los cuales, deberá constar el folio correspondiente al número de control único respectivo; por ende, hay que revisar los siguientes tipos de engomado:
Engomado otorgado por una Cámara Empresarial | Engomado otorgado por una Asociación Civil | Engomado otorgado por Sociedad Civil |
¿Cómo se puede apreciar?, solamente el engomado que llegase a expedir una Cámara de Comercio es la que cumpliría con la obligación del SIEM, el cual, por cierto, es anual. Por lo que hace a los otros engomados, que no cumplen con la obligación del SIEM, solo una afiliación a una asociación de comerciantes.
Por otra parte, es importante recordar que pertenecer a una Cámara de Comercio dejó de ser obligatorio, pero no así la obligación del SIEM; sin embargo, se sabe que algunas asociaciones no camarales, llegan con determinados mensajes donde confunden a los empresarios con artículos constitucionales y con mensajes de que ellos tienen una representación “oficial”.
“En este sentido, solamente el engomado que indique SIEM y que tenga el logotipo de una cámara de comercio es el que tiene validez ante la ley y por ende, ante la Secretaría de Economía; los otros engomados, solo tienen un valor al interior de la organización”
Cabe señalar que el empresario puede tener dos o más engomados, pero cada engomado evidentemente tiene un costo. Asimismo, resulta importante mencionar que el costo del engomado no cubre la afiliación, ya sea a la cámara de comercio o a alguna otra agrupación.
En este caso, las afiliaciones tanto a las cámaras de comercio, como a otras agrupaciones, se manejarán de manera independiente y según sus membresías.
En la plataforma SIEM (https://siem.economia.gob.mx/) cuyo acceso es público, se puede encontrar información de los establecimientos legalmente inscritos, directorio de cámaras empresariales que operan el SIEM y consultar el personal autorizado que pueda visitar el negocio para la inscripción a este sistema.
Finalmente, y basado en mi experiencia de varios años de cumplir con el SIEM, considero que la principal ventaja de estar en el SIEM, además de cumplir con una obligación legal, es la de demostrar que uno es un comerciante o empresario serio y formal, que tiene una actividad determinada y que además es sujeto de apoyos. Ya si uno quiere complementar, lo idóneo es inscribirse también a la cámara de dónde se haya obtenido el SIEM, y buscar formas de conexión y vinculación empresarial; además de sumarse a un voluntariado donde uno puede conocer a otros empresarios con problemas semejantes y que pueden generar acciones en común, pero eso; será otra historia.
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