LETRA MUERTA, La extinción de Fideicomisos.

Por: José Luis Arenas López


El pasado miércoles 18 de octubre, la Cámara de Diputados aprobó la reforma que extingue 13 de 14 fideicomisos del Poder Judicial Federal. De acuerdo al presidente y los diputados, la reforma no toca los salarios de trabajadores, sino las compensaciones extraordinarias, que según ellos, se traducen en excesos y privilegios desmedidos; como antecedente, el pasado 6 de septiembre, el diputado Ignacio Mier, coordinador del grupo parlamentario de morena, presentó la iniciativa que reforma el Art. 4to. transitorio del decreto por el que se expide la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, con esto, propuso eliminar la mayoría de los 14 fondos y fideicomisos del Poder Judicial.

Son 115 MMDP que de acuerdo al dicho del jefe del ejecutivo, son recursos que los 11 ministros gastas a manos llenas, lo cual solo de escucharlo parece absurdo de creer, ya estos fideicomisos pertenecen en su mayoría a los 55 mil trabajadores del poder judicial, es decir, a 55 mil familias; después de hacer un recuento de los gastos reales de los 11 magistrados incluidos los favoritos del presidente: Arturo Zaldivar Lelo de Larrea, Loreta Ortiz Ahlf y la más conocida Yazmín Esquivel Mossa, gastos que en general son cercanos a los 60 MDP al año, por lo que los 14,940 MDP restantes corresponden a los trabajadores del Poder Judicial.

Haciendo un análisis constitucional del caso en comento para dejaren claro la inconstitucionalidad de la iniciativa de Mier, iniciemos con el Art. 41 C. que indica que el pueblo ejerce su soberanía a través de los Poderes de la Unión y el Art. 49 C. le refrenda la soberanía de México y que no podrán reunirse dos o más poderes en una persona, sin embargo, el poder legislativo parece estar a las órdenes del jefe del ejecutivo quien ha tratado de subir al pleno cada uno de sus caprichos; sin embargo, el Art. 39 C. es uno de los artículos más poderosos, mismo que a la letra dice: “. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno”, entiéndase “todo poder” a cualquiera de los tres poderes de la unión y en este caso al Poder Judicial, mismo que a través de sus trabajadores no han logrado hacer entender al presidente el objeto de los Fideicomisos, de los cuales, seis de ellos están relacionados con obligaciones del patrón como pensiones, salud, infraestructura, entre otros. Todo poder dimana del pueble y se instituye a favor de este.

Por su parte, la Senadora Olga Sánchez se pronunció en contra de la extinción de los fideicomisos, esto no lo hizo porque sienta algún nudo sentimental con la SCJN, lo hizo porque conoce y entiende el destino de esos recursos, invitando al pleno a rescatar la no extinción de los fideicomisos, defendiendo ello a defender a todos los trabajadores y a las 55 mil familias que dependen de ello.

El senador Alejandro Rojas en su discurso mencionó que los poderes no deben confrontarse, sobre todo, señaló que hasta morena debe respetar a la constitución, aseverando que la integración de estos poderes, brindan la soberanía de nuestro país, “la política no está por encima de la Constitución ni dela verdad ni de la ley”.

Son 15 MDDP cuestionados y reclamados por el presidente, sin embargo, existen otros gastos que deberían transparentarse, como la partida de 18 MDP en alimentos de la oficina del Secretario de Hacienda, es decir, 50 mil pesos diarios, “¿qué come señor secretario?” este reclamo se hizo en la glosa del informe de gobierno; o de los casi 6 MDP mensuales que cuesta el mantenimiento de la casa donde vive el presidente o de los 90 mil pesos que cobra al mes el chef personal del inquilino de palacio.

Lo cierto es, que la reforma de ley si es aprobada, pasará a la Suprema Corte donde se estudiará la inconstitucionalidad de la reforma y por lógica, la iniciativa será rechazada. El Art. 71 C. define quiénes pueden proponer la creación o la modificación o la extinción de una ley, en este caso, la iniciativa proviene del jefe del ejecutivo previsto en la f. I del mismo artículo; el Art. 72 C. describe el proceso que debe llevar dicha iniciativa, la cual se encuentra en discusión en la cámara alta y que puede ser aprobada para ser enviada a estudio constitucional.

En cuanto los sueldos de los magistrados, es necesario revisar el Art. 94 C. que menciona en párrafo VIII que los sueldos de los magistrados no podrán ser disminuidos durante su encargo y de esto no hay fundamento legal para que expliquen a solicitud de los diputados dichos ingresos; como dato relevante, en este gobierno, específicamente el último año, los diputados ya habían disminuido el 15% los ingresos al poder judicial, pero su carga de trabajo ha crecido 48%, lo cual no de brinda garantías.

El pleito si es que existe, es entre amlo y los 8 magistrados (recordar que hay tres simpatizantes de morena), no con los trabajadores, los fideicomisos son de los trabajadores y de sus familias, no de los ministros, mismos que son considerados como derechos adquiridos.

Es necesario no olvidar que una vez impuesta esta reforma, solo se necesita el 33% de cualquiera de las Cámaras para iniciar una acción de inconstitucionalidad, la cual llegaría directamente a la Corte, finalmente, será el Art. 100 C. el que defina el resultado de la controversia, ya que establece que será el propio Poder Judicial, el que defina su Presupuesto, con ello sentenciará violatorio se entregue a la Tesorería de la Federación los 15 mil 450 millones de pesos en fideicomisos del Poder Judicial.

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