Legislando con las “Extremidades Inferiores”
Por: Dr. José Luis Arenas López
Parece chiste y la realidad supera la ficción: nuevamente los legisladores la volvieron a hacer, es decir, se dispararon en los pies y como si fuera una obra de teatro, la historia se cuenta sola:
Primer Acto: El exjefe del Ejecutivo se enemista con la nueva presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Segundo Acto: Se hace público el plagio de la tesis de licenciatura de la ministra Esquivel, esposa de uno de los mejores amigos del exmandatario.
Tercer Acto: El anterior jefe del Ejecutivo propone la iniciativa de ley que fija el proceso electoral para elegir ministros, magistrados y jueces a través del voto popular.
Cuarto Acto: Los diputados federales apoyan la iniciativa y vorazmente se apresuran para su discusión y aprobación.
Quinto Acto: Los congresos locales se apresuran y en fast track se aprueba la ley al Poder Judicial que propone la elección de los juzgadores por elección popular.
Una iniciativa que a todas luces es violenta, que es a modo, que está mal hecha y sobre todo, que fue aprobada en muchos de los congresos locales en minutos.
Los medios de comunicación hicieron diversos cuestionamientos a los legisladores minutos después de haber votado tan “histórica reforma”; mostraban completo desconocimiento del contenido del instrumento original o de qué artículos se reformaban y cómo se hacía esta reforma. Lo cierto es que no tuvieron el tiempo de dar lectura para tratar de comprender la forma de cómo iba la reforma, respondiendo en su mayoría comentarios absurdos, mostrando completo desconocimiento sobre su histórica labor; algunas preguntas como ¿por qué votó a favor de la reforma? Dando una respuesta sobre motivada, sin sentido y vaga, también se les preguntó ¿qué artículos se reformaron con esta iniciativa? Respondiendo alegremente: “son muchos”, entonces la pregunta estrella: ¿Indique solo uno de los artículos reformados? Y las respuestas se limitaban a decir simplemente: “no lo tengo en la mente, es que fue un trabajo arduo, no lo tengo a detalle”. La realidad es que no supieron qué votaron, ni cómo, ni por qué; la realidad fue que ni tiempo tuvieron para leer un instrumento por demás extenso.
Entre las obligaciones del legislador, es que debe sujetarse a lo previsto en el Art. 73 Constitucional, en este caso, a lo mencionado en su fracción XXIV y como obligatoriedad, para poder emitir un voto, deberá conocer, analizar, discutir y con ello, poder votar la iniciativa de ley con amplio conocimiento de la misma, entendiendo sus objetivos, su justificación, sus alcances, ventajas y desventajas, así como su propósito, etc. Con toda esta información, el legislador tendrá herramientas suficientes para construir un criterio lógico y pensado, el cual deberá estar sujeto a los intereses de sus representados, y por representados me refiero a los ciudadanos dentro del distrito que representa y no a los intereses del partido político o en su caso, en interés del país.
Lamentablemente, la línea que los legisladores tenían era presentarse en el Congreso Federal y Local correspondiente y votar a favor de la reforma, sin análisis, sin ningún cuestionamiento, solo votar. Con todo lo anterior y por las prisas, no leyeron más que el título de la iniciativa y eso para no confundir qué votarían y claro, se les pasó revisar un artículo, por ser amables y no decir que todos. De todos los artículos no leídos, hay uno, no el más importante, pero sí uno determinante para los intereses del grupo: el artículo 504 f. XI, que a la letra dice: “Corresponde al Consejo General del Instituto: Supervisar que ningún partido político o persona servidora pública realice actos de proselitismo o posicionamientos a favor o en contra de candidatura alguna”, lo que significa que solo el INE tiene la facultad y la atribución de realizar los actos de difusión de los candidatos a ocupar los cargos de Ministros, Magistrados y Jueces, impidiendo desde la jefa del Ejecutivo como a legisladores y secretarios de Estado o cualquier otro servidor público, promocionar a algún candidato en particular.
Lo lamentable es que ahora resulta que el INE es un abusivo al no permitir que los servidores públicos interesados en la elección se involucren, cuando fueron los diputados del partido de gobierno quienes por sus prisas hicieron las cosas como siempre, mal.
A la fecha, se han ingresado 29 impugnaciones al Tribunal Electoral por legisladores y servidores públicos activos del partido en el poder y de ellos, se han admitido cinco acciones de inconstitucionalidad en contra de la reciente reforma judicial en México. Lo preocupante es que, para presentar la acción de inconstitucionalidad, se debe esperar a que la reforma al Poder Judicial sea publicada por el DOF y al menos 17 estados la avalen. La discusión sobre la procedencia de la impugnación no está atrapada y es posible discutirla, el problema ahora son los tiempos, ya que los comicios iniciaron el lunes 7 de marzo y se debe esperar a la resolución de cada una de las impugnaciones.
Solo esperemos que esto no sea un presagio como aquel que dice: lo que mal inicia, mal acaba. La responsabilidad de los legisladores es grande, esperemos que, a partir de este error, los ciudadanos corrijan la forma de elegirlos y se genere una mayor conciencia electoral.