Análisis del ajuste a la jornada laboral y el aumento al salario mínimo VS el poder adquisitivo de los trabajadores.

Por: José Luis Arenas López


La fuerza trabajadora se encuentra en uno de los momentos más significativos de los últimos años: primero, se duplican las vacaciones de seis a doce días en el primer año, segundo, el presidente anunció a principios de diciembre que había llegado a acuerdos con los empresarios para conceder el aumento del 20% al salario mínimo. Finalmente, este 12 de diciembre se discutirá en el pleno la disminución de la jornada laboral, pasando de 48 horas a la semana a solo 40; los argumentos son válidos y uno de ellos, quizá el más importante, será disminuir el estrés de los trabajadores proporcionándoles una mejor salud mental, además de brindarles mayor tiempo para poder convivir en familia.

Lo cierto es que todos estos proyectos de mejora hacia los trabajadores son proyectos unilaterales, es decir, sería muy razonable que los legisladores puedan ver los pro y los contra de cada iniciativa, donde exista un equilibrio real entre los trabajadores y los empleadores. Ya en otra opinión se había hablado del costo que trae consigo el aumento de las vacaciones, ya que estas al ser obligatorias no será posible negociar el no otorgarlas y sí, el bien es para los trabajadores, pero, ¿qué pasa con la empresa? La respuesta es simple, el legislador legisla de un solo lado sin observar repercusiones secundarias y olvidando que toda moneda tiene dos caras y una de ellas es el empleador.

A mi criterio, considero analizar no solo los argumentos del legislador, también se deben analizar los comentarios de aquellos actores de primer nivel; tal es el caso de Carlos Slim, quien durante la inauguración del Aeropuerto de Tulum, lo intercepta una periodista cuestionando su opinión respecto a la disminución de la jornada laboral a lo que respondió: “yo creo que es mejor que las personas trabajen 48 horas y ganen más a que trabajar 40 y ganen menos…”.

Quizá es un mensaje simple, pero ¿qué quiso decir Slim? Tratando de interpretar sus palabras ¿significa qué los salarios se ajustarán al pago hora-semana-mes?, es decir, el salario siempre se ofrece para pago mensual y en lo general no se ofrece pago por hora, por ejemplo, una vacante se presupuesta para pago mensual más accesorios, entonces, si el salario es de 10 mil pesos al mes, el patrón agrega un 35% de accesorios entre IMSS, SAT, SAR; del otro lado de la moneda, el trabajador sabe que cobrará 10 mil pesos al mes o 5 mil pesos a la quincena, de esta cantidad no sabe cuál es el pago por hora sino hasta que requiere un pago de tiempo extra o se enfrenta a una demanda laboral. En el mismo ejemplo y de acuerdo con el comentario de Slim, se puede entender que un salario de 10 mil pesos al mes se divide entre 30 días y a su vez entre 8 horas, por lo que el costo hora-semana-mes es de 208.33 pesos.

Con el ajuste a 40 horas a la semana e interpretando lo dicho por Slim, el ajuste se presume sea de la siguiente forma: 10 mil pesos entre 48 horas, resultando 208.33 pago por hora, por 40 horas de la nueva jornada laboral dando como resultado 8 mil 333 pesos, el pago por hora es el mismo mas no el pago al mes, esto ratifica lo dicho por Slim: si las personas trabajan 48 horas, ganan más que trabajando 40 horas; la reforma de ley no especifica que el salario debe quedarse en el mismo monto sin afectar el ingreso de los trabajadores.

Ahora bien, el 1 de diciembre, AMLO anunció que llegó a un acuerdo con los empresarios y que a partir del 1 de enero, el salario mínimo pasará de 208.33 pesos a 249 pesos diarios, siendo así, el trabajador cobrar al mes 7 mil 470 pesos; este anuncio no refiere si el estimado es sobre 40 o 48 horas a la semana por jornada laboral.

Haciendo la interpretación de Slim contra la disminución de la jornada laboral contra el aumento al salario mínimo, dará un resultado engañoso, ejemplo: si un trabajador cobra al mes 12 mil pesos, el pago por hora-semana-mes es de 250 pesos; con el ajuste de la jornada laboral, el pago por hora-semana-mes sigue siendo el mismo,pero no el pago mensual, siendo de la siguiente forma: 250 pesos por hora por 40 horas-mes por la jornada dando un total de 10 mil pesos, más el aumento al salario del 20% daría como resultado sería de 12 mil pesos al mes; en otras palabras, el salario no tendrá cambio, sin embargo, se verá afectada por la inflación, misma que se calcula en 4.85%, por lo que el poder adquisitivo afectará al salario y lo que se compraba con 12 mil pesos, en 2024 se comprará con 12 mil 582 pesos. Es muy importante especificar que el aumento anunciado es solo para el salario mínimo, lo que complica aún más el resultado, ya que los empresarios no están obligados a incrementar los salarios superiores al mínimo en el mismo porcentaje cuando solo deben hacerlo a la tasa de inflación.

Estaremos pendientes de los resultados en la Cámara baja y de las discusiones, sobre todo si se ordena blindar los salarios sin ajuste de pago por hora, que afecte los salarios actuales; al mismo tiempo, conocer la postura de los empresarios en torno a las reformas de ley. El 2024 traerá además otras reformas como la Ley Silla, el aumento al Aguinaldo de 15 a 30 días, el incremento de la prima de antigüedad de 12 a 15 días por año, la oficialización de nuevos días de descanso: el jueves y viernes santo, el 5 y el 15 de mayo, el 2 de noviembre y el 12 de diciembre y  la desconexión digital, mismas que serán sujetas de análisis en otras publicaciones.

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