Inversiones a través de Fondos de Inversión y sus efectos fiscales
Por: Iliana Vergara Posada
Este artículo tiene como finalidad analizar el tratamiento fiscal aplicable a los inversionistas que compran, venden o mantienen en sus portafolios de inversión acciones de Fondos de Inversión, ya que considero que el desconocimiento del tratamiento fiscal en las inversiones, puede a veces ser un obstáculo para decidir invertir.
Antes de llegar a este punto de análisis en materia fiscal, vamos a analizar que son las inversiones en los Fondos de Inversión y por qué son una buena opción.
De acuerdo con la organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) “La educación financiera es el proceso mediante el cual los individuos adquieren una mejor comprensión de los conceptos y productos financieros y desarrollan las habilidades necesarias para tomar decisiones informadas, evaluar riesgos y oportunidades financieras, y mejorar su bienestar”.
En México es urgente y necesario desarrollar la educación financiera ya que hay grandes faltas de información en los conocimientos financieros, y la falta de información ocasiona endeudamientos, falta de ahorro y poco conocimiento sobre los beneficios que se obtienen al invertir.
Pocas personas han aprendido; ¿Por qué es importante ahorrar?, ¿Qué hacer con el dinero, guardarlo o invertirlo?, ¿En qué puedo invertir?, ¿Son seguras las inversiones?
Saber qué es una inversión y sobre todo conocer el tratamiento fiscal, te ayudará a tomar la mejor decisión para hacer crecer tu dinero y ponerlo a trabajar para obtener rendimientos y aumentar tu patrimonio.
Invertir, es dejar tu dinero en un negocio o instrumento que al paso del tiempo tendrá más valor. Y tal vez siempre hemos tenido la idea que invertir es una forma de ahorrar dinero; pero invertir conlleva más palabras; perder, riesgo, casas de bolsas, trámites, son algunas de ellas.
En otras palabras, una inversión es asignar cierta cantidad de dinero (establecida previamente), a disposición de terceros (entidades integrantes del sistema financiero) con la finalidad de obtener rendimientos en forma de ganancia, algunas veces estos rendimientos son previamente calculados, sin embargo, los rendimientos dependerán de cada tipo de inversión.
Existen diferentes tipos de inversión, algunas de ellas son inversiones de capital (renta variable) o inversiones de renta fija, y a través de este artículo analizaremos el tratamiento fiscal aplicable para el inversionista que decide invertir en renta fija o renta variable, pero que lo realiza a través de Fondos de Inversión; y veremos que el tratamiento fiscal aplicable a los inversionistas no es tan complejo como lo parece.
¿Qué es un fondo de inversión?
Son vehículos de inversión colectiva que engloban las aportaciones de diversos inversionistas, en el cual los inversionistas dejan la toma de decisiones sobre la inversión de su patrimonio a expertos que buscan el mejor rendimiento.
En otras palabras, un fondo de inversión es una canasta de inversión que se compone por instrumentos de renta fija y/o instrumentos de renta variable, generando distintas combinaciones. La composición cambia en cada fondo, dependiendo del riesgo y el horizonte de tiempo.
Características de los Fondos de Inversión
● Permite acceder a un portafolio de valores como acciones o bonos en el mercado nacional e internacional.
● El patrimonio del fondo está dividido en acciones
● El fondo puede invertir en un universo de activos: bonos, acciones, operaciones financieras derivadas, divisas, entre otros.
● La composición cambia en cada fondo, dependiendo del riesgo.
Clasificación de los Fondos de Inversión:
Fondos de Inversión de Renta Fija
Es un fondo de inversión que invierte en activos de renta fija (como bonos, obligaciones, pagarés, reportos o letras del tesoro).
Fondos de Inversión de Renta Variable
Es un fondo de inversión que invierte en activos de renta fija y principalmente en activos de renta variable, por lo general en acciones de empresas cotizadas en los mercados financieros mundiales, así como en índices accionarios.
Régimen Fiscal
El régimen fiscal de los Fondos de Inversión se encuentra regulado en los artículos 81, 87, 88, 89 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (en adelante LISR).
Los Fondos de Inversión no son contribuyentes del Impuesto sobre la Renta (LISR), los contribuyentes son los accionistas (inversionistas) quienes deberán aplicar a los rendimientos el régimen fiscal que corresponda, para temas de acumulación, como puede ser:
● Intereses
● Dividendos
● Operaciones Financieras Derivadas
● Fideicomisos de Inversión en Bienes Raíces (FIBRAS)
El Fondo de Inversión debe retener y enterar mensualmente a las autoridades fiscales el impuesto correspondiente por los intereses gravables generados por valores mexicanos, valores extranjeros y préstamo de valores en el mismo periodo, el cual será acreditable para sus integrantes o accionistas al acumular los intereses correspondientes.
Se emitirá la constancia respectiva a través de la sociedad o entidad que distribuya sus acciones a más tardar el 15 de febrero de cada año o en la fecha que indiquen las disposiciones fiscales aplicables, en donde se muestre el interés nominal, interés o pérdida real, y cualquier componente de ingreso y el impuesto sobre la renta retenido al integrante o accionista.
La Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente establece que las instituciones del sistema financiero no efectuarán la retención por los intereses que se paguen a las personas descritas en el Artículo 54 de la LISR.
Intereses
● Las personas morales mexicanas deberán reconocer como ingresos acumulables los rendimientos derivados del componente de interés que les corresponda, en términos nominales.
● Las personas físicas mexicanas acumularán los intereses reales gravados devengados que les corresponda por su participación en el Fondo.
● Para residentes extranjeros los rendimientos por sus componentes de interés y, en general, de cualquier tipo de ingreso, serán gravables de acuerdo con las disposiciones fiscales aplicables en el país que deba determinar el impuesto del ejercicio del accionista.
● Si el cliente es residente en su país con el que México tiene celebrado un tratado para evitar la doble imposición podría no ser sujeto de la retención del impuesto.
Dividendos
● Las personas morales mexicanas de conformidad con el artículo 16 de la LISR, no deberán considerar como ingresos acumulables los dividendos provenientes de emisoras mexicanas, sin embargo, cuando se trate de dividendos de emisoras extranjeras deberán ser considerados como ingresos acumulables que les corresponda por su participación en el Fondo.
● Las personas físicas deberán acumular los dividendos, provenientes de emisoras mexicanas o de emisoras extranjeras, que les corresponda por su participación en el Fondo.
● Tratándose de dividendos distribuidos por sociedades residentes en México, las personas físicas residentes en México y las personas residentes en el extranjero deberán pagar un impuesto adicional del 10% sobre los dividendos o utilidades percibidos, si el dividendo proviene de utilidades anteriores a 2014, no deberá pagarse dicho impuesto, el pago se realizará mediante retención que realiza el Fondo de Inversión y se considerará un pago definitivo.
● Tratándose de dividendos distribuidos por sociedades residentes en el extranjero las personas físicas residentes en México deberán pagar un impuesto adicional del 10% sobre el monto del dividendo, el pago se realizará mediante retención que realiza el fondo de inversión y se considera un pago definitivo, si el dividendo proviene de utilidades anteriores a 2014, no deberá pagarse dicho impuesto.
Operaciones Financieras Derivadas
● Las personas morales mexicanas deberán reconocer como ingresos acumulables las ganancias derivadas de operaciones financieras derivadas ya sean de deuda o de capitales.
● Las personas físicas mexicanas acumularán los intereses o la ganancia obtenida a través de operaciones financieras derivadas.
● En caso de operaciones financieras derivadas de deuda, el fondo aplicará como retención la tasa del 25% sobre el interés o la ganancia obtenida en el mes, no se realizará retención a operaciones financieras derivadas de capital.
Fideicomisos de Inversión en Bienes Raíces (FIBRAS)
● El Fondo de Inversión efectuará la retención del impuesto sobre la renta por el resultado fiscal aplicando la tasa del 30%.
● Los accionistas personas físicas y morales del Fondo de Inversión que sean residentes en México o residentes en el extranjero que tengan establecimiento permanente en el país, acumularán el resultado fiscal que les corresponda por su participación en el Fondo de Inversión.
● Los residentes en el extranjero considerarán como pago definitivo del impuesto, la retención que se les haya efectuado por el resultado fiscal.
● Las personas físicas residentes en México y los residentes en el extranjero que no tengan establecimiento permanente en el país, estarán exentos del pago del impuesto sobre la renta por las ganancias provenientes de la enajenación de los certificados (FIBRAS) que les corresponda por su participación en el Fondo de Inversión.
Cuando se realizan inversiones a través de los Fondos de Inversión de Renta Variable, se debe considerar, además, que, por las ganancias generadas a través de la venta de las acciones de estos, se genera un impuesto.
Ganancia/pérdida por enajenación de acción
● Las personas físicas que obtengan ganancias por la enajenación de acciones de los fondos de inversión de renta variable deberán pagar el impuesto sobre la renta a la tasa del 10% que se considerará definitivo.
● Cuando los accionistas generen pérdidas en el ejercicio, podrán disminuirlas contra las ganancias que en su caso obtenga en el mismo ejercicio o en los diez siguientes.
● Los residentes en el extranjero que lleven a cabo la enajenación de acciones del Fondo de Inversión de Renta Variable estarán obligados a pagar el 10% del impuesto sobre la renta sobre la ganancia obtenida en la operación.
● Los distribuidores de las acciones de los Fondos de Inversión que participen en la enajenación de las acciones de los Fondos serán responsables de la determinación, retención y entero del impuesto a la autoridad fiscal mexicana. Sin embargo, si el cliente es residente en su país con el que México tiene celebrado un tratado para evitar la doble imposición podría no ser sujeto de la retención del impuesto cumpliendo ciertos requisitos de forma.
De esta manera un inversionista de un fondo de inversión de renta variable puede obtener diferentes tipos de ingresos como son:
● Intereses
● Dividendos emisoras nacionales 2014
● Dividendos emisoras nacionales 2013
● Dividendos emisoras extranjeras
● Resultado Fiscal Distribuido por FIBRAS
● Resultado por Operaciones Financieras Derivadas de Deuda (OFDD)
● Resultado por Operaciones Financieras Derivadas de Capital (OFDC)
● Ganancia por enajenación de acciones
El invertir en un fondo de inversión diversifica nuestro capital invertido y se pueden obtener diferentes tipos de rendimientos, para cada tipo de inversionista puede existir un fondo de inversión, ya sea una inversión conservadora, moderada o arriesgada; sin embargo, muchos inversionistas pueden no tomar la decisión de invertir en estos vehículos, por el desconocimiento del tratamiento fiscal.
A lo largo de este artículo pudimos ver que el tratamiento fiscal que les es aplicable no es tan complejo como aparenta, el tratamiento fiscal es en otras palabras “transparentar” los ingresos y rendimientos que obtiene el fondo de acuerdo a la proporción que tiene el inversionista en el fondo de inversión. Y estos ingresos serán informados por los intermediarios financieros a más tardar el 15 de febrero de cada año.