TANIA LÓPEZ JIMÉNEZ & RAFAEL CELIS PERRUSQUIA

SOCIOS DE CELIS & LÓPEZ ASOCIADOS

LOS GRANDES ASESORES DE EXCELENCIA EMPRESARIAL

Es de suma importancia estar a la vanguardia en temas en donde se deba tutelar efectivamente los derechos humanos de todas las personas. En esta ocasión, nos permitimos hablar sobre la Violencia Vicaria, tema por demás importante y del cual se carece de una incorporación en nuestra legislación vigente, no sin antes mencionar que algunos estados de la República ya lo contemplan. 

Este tipo de violencia se manifiesta cuando el ser humano asume que ya no tiene el control sobre el que alguna vez fuera su núcleo familiar, dicho de otra manera, es cuando el generador de violencia pierde el control sobre la manipulación a su pareja con la que alguna vez vivieron en su relación afectiva tal como es el matrimonio o el concubinato, pierden el contacto con dicha persona; es entonces, cuando de manera injusta y sin dimensionar la afectación al interés superior de las y los menores, estos son utilizados para dominar y chantajear a su expareja, provocando daño tanto económico, psicológico, salud y seguridad. Si bien las mujeres pueden ejercer violencia vicaria, pero es más común que sean los hombres quienes la perpetren.

La violencia vicaria tiene muchos rasgos de comportamientos tratándose de violencia intrafamiliar, así como el maltrato infantil, los menores son susceptibles y víctimas de agresiones tanto físicas como verbales; preocupación ya que no consideran su hogar como un espacio seguro, estrés postraumático, disminución de la autoestima y nula motivación, comportamientos antisociales, no tienen empatía llegando inclusive a consecuencias fatales. “Los niños son utilizados para infligir daño”.

Existen diversas maneras de manifestarse la violencia vicaria;las más comunes son el amenazar constantemente con llevarse a los menores mencionando en todo momento que nunca los volverá a ver según sea el caso, insultos, desprecios en presencia de los menores denigrando a la ex pareja, abuso sexual sobre la mujer.

El agresor controla los ingresos de la víctima, e incluso, de manera injustificada, que se desentienda de sus obligaciones económicas o de trabajar en las labores domésticas y de cuidados de su núcleo familiar o en favor de sus menores hijos.

Es esencial que las autoridades no desestimen las acusaciones por violencia vicaria, ya que actualmente, el sistema judicial tiende a encasillarlo dentro de la categoría de violencia familiar y/o la alienación parental, siendo un error confundirlas, pues son dos figuras completamente diferentes.

Solo con la Ley de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia (LAMVLV) se reconoce esta conducta, pero hace falta que amplíe la definición de los tipos de violencia que genera, con el fin de poner un alto a la desigualdad de género en el país. 

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