Inteligencia Artificial. Tips para su debido cumplimiento legal.

Por: Raúl Torres Jiménez


La inteligencia artificial (IA) abre un mundo de posibilidades casi infinitas; pero, detrás, puede venir con un mundo de mayores riesgos en este plano y en planos virtuales; robo de información, phishing y un sinfín de prácticas que pueden llevar al colapso sistemas empresariales por dejarnos llevar con la nueva ola.

Existen también un sinfín de cursos, neo gurúes, expertos, mentores y consultores que nos indican cómo hacer uso de la IA; pero no nos dicen todos los claroscuros que actualmente presenta el uso de estas tecnologías; porque es de advertirse que no tenemos una sola; diferentes desarrolladoras nos muestran las bondades, ventajas y beneficios de usar la IA; sin embargo, apenas estamos iniciando el camino.

Desde el punto de vista normativo, tenemos verdaderas lagunas para el tratamiento de esta novedosa tecnología; por lo que considero que deben regularse desde cuatro aspectos: 

  1. El poder público. Encabezado por los poderes ejecutivo y legislativo; así como por el INAI y en su momento el poder judicial.
  2. Los desarrolladores o proveedores de sistemas de IA. Los cuales son los que generan los algoritmos de creación para el uso de esta tecnología.
  3. Empresas u organizaciones que emplean o distribuyen productos con IA. Las cuales son las que acercan a los consumidores o usuarios las herramientas para la creación de contenidos, documentos y demás relativos de todo tipo.
  4. Usuarios o consumidores. Son los que utilizan estas tecnologías, algunos de ellos podrían abusar de ella en la comisión de actos que podrían ser delictivos.

Por lo anterior, y viendo lo que hace falta; pero también siendo responsables con la realidad imperante; es que a continuación se comparten los retos y buenas prácticas que se pueden atender en los sectores arriba indicados:

Poder Público

  • Elaboración y modificación de Leyes.
  • Elaboración de Reglamentos.
  • Elaboración de Normas (NOM´s, Estándares u otros instrumentos)
  • Creación de nuevos tipos penales (delitos)
  • Creación de formas de certificación y evaluación de la conformidad, para creación y/o uso de los sistemas de IA.
  • Ampliación de facultades de las autoridades y creación de comisiones de las autoridades para regular, vigilar y supervisar a desarrolladores y proveedores.

Desarrolladoras o Proveedoras de sistemas de IA

  • Debe tener responsabilidad en la creación de los algoritmos.
  • Cuidar su desarrollo en relación con el Machine Learning.
  • Prevenir algoritmos de creación que lleven a situaciones de discriminación.
  • Prevención y desarrollo de políticas de ciberseguridad.
  • Cuidar la ética en el desarrollo de sistemas de alto riesgo o que conlleven daños físicos o psicológicos.
  • Tener mucho cuidado en el manejo de las finalidades con las que se crea el sistema de inteligencia artificial.
  • Generar sistemas de gestión de la calidad que permitan tener transparencia en el manejo de sus procedimientos.

Empresas u organizaciones que emplean o distribuyen productos con IA

  • Políticas o instrucciones de uso claras hacia los usuarios.
  • Ámbitos de Gobernanza Corporativa en la empresa.
  • Ampliación en el cuidado del tratamiento de datos personales, que incluya: adopción de esquemas de autorregulación vinculante, manejo de biométricos, uso de imágenes.
  • Limitantes en su responsabilidad y manejo de la IA. Es decir, elaboración de disclaimers claros que permitan descargar adecuadamente la responsabilidad en el manejo de la IA de la organización.
  • Políticas de advertencia.
  • Políticas de trazabilidad en la toma de decisiones y de vigilancia.
  • Cuidar el manejo de su información y su ciberseguridad.
  • Prevenir el uso de aspectos subliminales en las creaciones de publicidad.
  • Prevenir la violación de derechos en materia de propiedad intelectual.
  • Creación de códigos de conducta en sus productos o utilización de sus servicios.

Usuarios o consumidores

  • Cuidar su identidad digital en sistemas físicos, así como en el metaverso.
  • Cuidar sus datos personales.
  • Generar candados de seguridad en su información.
  • Generar palabras claves con sus familias en caso de que “alguien” se quiera hacer pasar por ellos usando la IA.

Por otra parte, es de mencionar que la Unión Europea tiene una propuesta de “reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial (Ley de Inteligencia Artificial) y se modifican determinados actos legislativos de la unión.”

De los temas a destacar de este proyecto son las regulaciones que se tienen sobre:

  1. Prácticas de inteligencia artificial prohibidas.
  2. Sistemas de alto riesgo.
  3. Obligaciones de transparencia.
  4. Medidas en favor de la innovación.
  5. Gobernanza.
  6. Medidas para la importación de los sistemas de la IA.

Podemos concluir, parafraseando el informe de la Comisión de la Unión Europea sobre Inteligencia Artificial, que como ocurre con cualquier tecnología transformadora, algunas aplicaciones de la IA pueden plantear nuevos problemas de carácter ético y jurídico, por ejemplo, en relación con la responsabilidad o la adopción de decisiones potencialmente sesgadas. Por consiguiente, se debe asegurar de que la IA se desarrolle y aplique en un marco adecuado, que promueva la innovación y respete los valores y derechos fundamentales de las personas, así como principios éticos, tales como la obligación de rendir cuentas y la transparencia.

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